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Acceso a la información pública en municipios: ¿hay alguien ahí?

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Por Daniela Tejada.

Las municipalidades pueden ser vistas como los órganos de la administración del Estado con quienes la ciudadanía puede tener una relación más directa, cercana y efectiva. La tecnología y las comunicaciones han jugado un rol fundamental en esta tarea. Hoy en día es mucho más fácil acceder a la información que consideramos valiosa, plantear nuestras inquietudes y tener un rol más activo al interior de nuestra comunidad, ya no solamente a través de la vía presencial, sino también por medio de internet y de sus miles de herramientas posibles de utilizar desde la comodidad de nuestros hogares.

Para ello contamos con la ley 20.285 sobre Acceso a la Información Pública que promueve la Transparencia y nos entrega información de cómo podemos utilizarla. Pero es importante entender a la Transparencia no sólo como un instrumento de control al que deben someterse los órganos públicos, sino también como una herramienta de gestión que involucra a la ciudadanía en los procesos de toma de decisión, y donde una comunidad más partícipe permite generar un gobierno más responsable y más orientado a las necesidades de sus habitantes. En el ámbito local, aquellos municipios que han captado la importancia de explotar los mecanismos de transparencia van bien encaminados en la construcción de una gestión más participativa y eficiente a diferencia que aquellos que aún poseen diversas barreras de acceso a la información pública.

En este contexto, un estudio llevado a cabo por la Fundación Pro Acceso titulado “Barreras de Acceso a la Información Pública en Municipios”, informó de alguna de las principales falencias que hoy en día presentan los sitios web de las 345 municipalidades que existen actualmente en nuestro país, y que da cuenta por un lado del cumplimiento de lo que respecta a la Ley de Transparencia y que por otro abre la interrogante en torno a lo que los ciudadanos podemos aportar a nuestros gobiernos locales respectivos.

Tan solo para contextualizar, la Ley sobre Acceso a la Información Pública señala en su artículo 10 que toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información de cualquier órgano de la Administración del Estado, y agrega posteriormente en el artículo 12 que la solicitud puede ser formulada por escrito o por sitios electrónicos y que deberá contener:  a) nombre, apellidos y dirección del solicitante (y de su apoderado cuando corresponda); b) identificación clara de la información que se requiere; c) firma del solicitante estampada por cualquier medio habilitado, y d) órgano administrativo al que se dirige.

Son 108 los municipios que cuentan con un sistema de gestión de solicitudes, sin embargo muchos cuentan con distintas falencias. Por ejemplo, un 96% de éstos no permite adjuntar un archivo, y por tanto no puede enviarse la firma del solicitante como indica la ley; un 94% no permite hacer seguimiento de la solicitud, y por tanto no sabemos si  ésta ha sido ingresada y si se encuentra en tramitación; el 87% de los sitios web no publican un tutorial, y por tanto no informan a los ciudadano respecto a cómo y dónde ingresar sus consultas; así como también un 41,1% obliga a ingresar datos personales fuera de los obligatorios, al igual que un 41% no envía un comprobante  de recepción de la solicitud, y por lo tanto, si el municipio no cumple y no responde lo solicitado, no tenemos ningún medio de comprobación para poder entablar un reclamo.

A su vez, otros de los problemas encontrados tienen relación con la obligatoriedad de ingresar un RUT (18%), a pesar de que la ley nada señala al respecto; el hecho de que no exista un banner de transparencia visible (6%); que el máximo de caracteres sea muy limitado (2%); o que no funcione el link (1%).

En los casos en los que el municipio no cuenta con un sistema de gestión de solicitudes, aún es posible contar con el envío a través de un correo electrónico destinado a ello. Pero al ser ésta una vía no “oficial”, de hecho no están obligados a dar respuesta a la solicitud – a pesar de que muchos sí lo hacen – y de nuevo surgen problemas tales como que la solicitud sea ingresada días después de que haya llegado el correo, y por tanto demore más de 20 días su tramitación; que el correo se encuentre caduco y que no sea posible enviar la consulta; que no se acuse recibo y no sepamos si la consulta efectivamente llegó; y por último, que no nos respondan, por no estar obligados a hacerlo. Lo mismo ocurre en el caso de que se quiera ingresa una consulta a través de el link “Contáctenos”, porque tampoco es la vía formal de hacer las solicitudes, y no tienen la obligación de responderlas. Nosotros nos topamos con 27 comunas en las que intentamos enviar las solicitudes a través de éste mecanismo, y afortunadamente 22 de éstas nos han respondido.

De lo anterior surge la interrogante respecto a si la calidad de los sistemas de gestión de solicitudes y la existencia de barreras a la información pública se encuentra directamente vinculada a la cantidad de recursos con los que cuenta un determinado municipio, y que un municipio con más recursos contaría con mejores sistemas y menos barreras que aquellos con menos capacidad financiera. La experiencia nos dice que tal relación no es correcta, y que, por ejemplo, en un 56,2% de los municipios urbanos y en el 46, 2% de los municipios rurales se logró hacer la solicitud a través del sitio web, lo cual no muestra la existencia de una gran brecha. Lo mismo ocurre en el caso del envío a través de correo electrónico, lo cual incluyó al  36,8% de los municipios urbanos y al 41,9% de los rurales, sin haber una diferencia tan abismal entre ellos.

Esto último es fundamental para comprender las falencias que persisten en torno a la apertura municipal hacia la entrega de la información. Los recursos sí son necesarios, pero no son un factor de exclusión para que los municipios puedan contar con algún mecanismo acorde a las demanda ciudadana para la entrega de la información. Las posibilidades son variadas pero la importancia de éstas es una sola, y es que al mejorar la comunicación municipio-ciudadano, mejor será esta relación directa, cercana y efectiva señalada en el principio. Pero a su vez, no solamente se necesitan municipios más transparentes y con menos barreras de acceso a la información, sino también ciudadanos más activos y con demandas más claras que logren hacer de nuestros gobiernos locales administraciones más eficientes.

¿Te has metido alguna vez al sitio web de tu municipio a revisar cuáles son las posibilidades que éste te entrega? Hazlo, revisa, consulta, y por sobre todo infórmate, y no te preocupes, porque Ciudadano Inteligente también se está encargando de recolectar algunos datos relevantes de tu comuna que te podrían interesar.

 

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Daniela Tejada

Coordinadora del proyecto de elecciones municipales de la Fundación Ciudadano Inteligente. Egresada de Administración Pública de la Universidad de Chile, y estudiante de magister en Ciencia Política de la misma universidad.

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¿Qué piensa cada congresista sobre el binominal, el semipresidencialismo, el matrimonio homosexual o sobre el aborto terapéutico?, ¿A qué opositor de su conglomerado político admiran más, a cuál menos?, ¿cuáles son sus creencias religiosas y cuáles sus referentes personales? 19 parlamentarios de diferentes partidos políticos accedieron a someterse al Rayo X Político, la nueva iniciativa de El Vaso, el blog de la Fundación Ciudadano Inteligente.

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