Por Red Latinoamericana por la Transparencia Legislativa
RESUMEN EJECUTIVO
Esta Declaración de Principios sobre la Transparencia del Parlamento es un llamado a las organizaciones de la sociedad civil de monitoreo parlamentario (PMOs por sus siglas en inglés) para generar un mayor compromiso con la transparencia y la participación ciudadana. Las PMOs llevan adelante importantes iniciativas ayudando a hacer más accesible la información parlamentaria, fortaleciendo la capacidad de los ciudadanos invitándolos a participar en los procesos legislativos, y fomentando la mejora de la rendición de cuentas. Las PMOs no sólo tienen un fuerte interés en la generación de un mayor acceso a la información gubernamental y parlamentaria, sino que también reconocen la necesidad de un mayor diálogo y colaboración entre los parlamentos del mundo en temas de transparencia a los efectos de propiciar una mayor participación ciudadana, instituciones más representativas y, en definitiva, una sociedad más democrática.
La Declaración fue uno de los temas de discusión en una conferencia de líderes de PMOs, que se celebró en Washington, DC, del 30 abril al 2 mayo del corriente, organizada conjuntamente por el National Democratic Institute, la Sunlight Foudation, y la Red Latinoamericana por la Transparencia Legislativa, con el apoyo de la Omidyar Network, el Open Society Institute, el National Endowment for Democracy y la Embajada de México en los Estados Unidos. El Instituto del Banco Mundial también participó de la conferencia en carácter de socio y co-organizó una mesa redonda al final del encuentro.
La Declaración se basa en una serie de documentos de referencia aprobada por la comunidad parlamentaria internacional, así como en las experiencias y aportes de las PMOs. Ese manifiesto va acompañado de un documento de debate que incluye la información de fondo en forma detallada y ejemplos de buenas prácticas en cada una de las disposiciones descritas.
La Declaración aborda las siguientes cuestiones:
I.- PREÁMBULO
CONSIDERANDO que un parlamento fuerte y accesible es una, o incluso la clave, institucional para la democratización, porque sus responsabilidades constitucionales es la del dictado de leyes, supervisión de la ejecución de la política del Ejecutivo y representar los intereses de los ciudadanos;
CONSIDERANDO que la transparencia de la información parlamentaria permite a los representantes involucrar a sus representados en los debates de las cuestiones políticas, informa y educa a los ciudadanos sobre la labor del Parlamento, ofrece a los ciudadanos el acceso a la información necesaria para aportar y colaborara en el proceso legislativo, permite a los ciudadanos pedir rendición de cuentas a los parlamentarios y asegura que sus intereses y aspiraciones democráticas estén representados;
CONSIDERANDO que los derechos de los ciudadanos de participar en el gobierno y acceder a la información gubernamental, incluida la información parlamentaria, son reconocidos como componentes fundamentales de los marcos legales internacionales de derechos humanos;[1] que la apertura a la información parlamentaria se reconoce como un elemento esencial de un parlamento democrático, como se refleja en las nuevas referencias internacionales y las normas para los parlamentos democráticos adoptados por la comunidad parlamentaria internacional. Que las instituciones internacionales han establecido una base sólida para la transparencia a través de sitios web parlamentarios;[2] Y que las instituciones internacionales han establecido una base sólida para la transparencia a través de sitios web parlamentarios;[3]
CONSIDERANDO que el inicio de la era digital ha alterado de manera fundamental el contexto para el uso público de la información parlamentaria y las expectativas de los ciudadanos para el buen gobierno, haciendo necesario que los parlamentos acepten las oportunidades que ofrecen las nuevas tecnologías que facilitan el intercambio de información y la participación ciudadana en los procesos parlamentarios;
CONSIDERANDO que los avances en materia parlamentaria, la experiencia, los recursos y el contexto puede influir en el enfoque de la mejora de la apertura adoptada por el Parlamento. Estos factores no deben reducir el compromiso del Parlamento a ser más abierto y transparente;
CONSIDERANDO que la necesidad de una mayor transparencia parlamentaria se muestra a partir de que 55 gobiernos están trabajando juntos como parte de la Alianza de Gobiernos Abiertos,[4] para compartir compromisos concretos en los planes de acción nacionales, con el objetivo de promover la transparencia, la autonomía de los ciudadanos, combatir la corrupción, derogar las leyes que impiden el acceso a la información pública, y aprovechar las nuevas tecnologías para fortalecer la gobernabilidad;
CONSIDERANDO que un número cada vez mayor de las organizaciones de la sociedad civil que monitorean a los parlamentos y organizaciones de apoyo tratan de desempeñar una función significativa y colaborativa en el fortalecimiento de la democracia parlamentaria. Y que estos requieren acceso a la información parlamentaria para desempeñar esta función con eficacia, al mismo tiempo que existen numerosos precedentes de una estrecha colaboración entre los parlamentos y las PMOs que pueden informar a los esfuerzos para una mayor apertura de información parlamentaria en otros países;
POR LO TANTO, las organizaciones abajo firmantes hacen un llamado a los parlamentos para comprometerse a trabajar hacia la plena adhesión a los siguientes principios de transparencia parlamentaria:
II. PROMOCIÓN DE UNA CULTURA DE TRANSPARENCIA
1. Propiedad pública de la Información Parlamentaria: la Información Parlamentaria pertenece al público, las excepciones o limitaciones a este principio de publicidad deberá ser estrechamente definidas por la ley.
2. Promover la Cultura de Transparencia a través de la legislación: el Parlamento tiene el deber de dictar legislación, así como reglas internas de procedimiento y códigos de conducta, que promuevan un entorno propicio, que reconozca y proteja el derecho al acceso a la información pública gubernamental y parlamentaria, que promueva una cultura de un gobierno abierto, que salvaguarde la libertad de expresión y de reunión, y que proporcione oportunidades para la participación de la sociedad civil y los ciudadanos en el proceso legislativo.
3.Promover la Cultura de Transparencia a través de la supervisión: en el cumplimiento de su función de supervisión, el Parlamento se asegurará que las leyes que garanticen la transparencia gubernamental se apliquen eficazmente, que el gobierno actúe de manera totalmente transparente y trabaje para promover una cultura de transparencia.
4. Promover la educación cívica: el Parlamento tiene la responsabilidad de promover activamente la educación cívica que incluya la participación ciudadana, y la de la juventud en particular, en las discusiones que promueven la comprensión del papel del Parlamento, sus normas y procedimientos operacionales, su trabajo, las funciones y los deberes de los parlamentarios. También debe incluir el suministro de información parlamentaria detallada, así como resúmenes y explicaciones en lenguaje claro, que se puedan utilizar con eficacia por los ciudadanos con distintos niveles educativos y de diversos contextos.
5. Fomentar la Participación Ciudadana: la transparencia de la información parlamentaria no es un fin en sí mismo. El Parlamento tiene el deber de comunicar y vincular activamente a los ciudadanos y la sociedad civil en los procesos parlamentarios y la toma de decisiones, con el fin de representar efectivamente a los ciudadanos y hacer efectivo el derecho de petición de los ciudadanos a sus gobernantes.
6. Fomentar una sociedad civil activa: el Parlamento tiene el deber de apoyar el desarrollo y el mantenimiento de una activa y comprometida sociedad civil y garantizar que las organizaciones de la sociedad civil sean capaces de operar libremente y sin restricciones.
7. Habilitar el monitoreo parlamentario eficaz: el Parlamento debe reconocer el derecho y el deber de la sociedad civil, medios de comunicación y el público en general para controlar y monitorear al parlamento y a los parlamentarios. Se debe fomentar el diálogo y las consultas entre el Parlamento y las organizaciones de la sociedad civil que los monitorean, con el fin de mejorar la calidad de los esfuerzos de vigilancia y reducir las barreras en el acceso a la información parlamentaria.
8. Intercambiar buenas prácticas: El Parlamento debe participar activamente en el intercambio de buenas prácticas a nivel internacional y regional, con otros parlamentos y con las organizaciones de la sociedad civil con el objetivo de aumentar la transparencia de la información parlamentaria, mejorar el uso de tecnologías de información y comunicación, y fortalecer la adherencia a los principios democráticos.
9. Garantizar el recurso legal: el Parlamento dictará legislaciones que garanticen que los ciudadanos tengan un acceso efectivo a un recurso legal o judicial en los casos en que el acceso de los ciudadanos a la información gubernamental o parlamentaria esté en disputa.
10. Proporcionar información completa: la información parlamentaria a disposición del público debe ser lo más completa posible, reflejando la totalidad de la acción parlamentaria, sujeta únicamente a las excepciones estrictamente definidas que determine la ley.
11. Proporcionar información de forma oportuna: Los datos sobre la labor legislativa se proporcionará al público de manera oportuna. Como regla general, se proporcionará información en tiempo real, y en la medida en que hacerlo sea imposible, se liberará tan pronto como se recoja.
12. Asegurar la exactitud de la información: el Parlamento deberá conservar copias autorizadas y garantizará que los datos que facilita al público son exactos.
III. HACER LA INFORMACIÓN PARLAMENTARIA TRANSPARENTE
13. Adopción de políticas de transparencia parlamentaria: el Parlamento aprobará las políticas que garantizan la publicación periódica y proactiva y la difusión de información parlamentaria, incluyendo políticas relativas a los formatos en los que se publican estas informaciones. Las políticas parlamentarias de transparencia se harán públicas, determinando los criterios para la revisión periódica de las mismas para aprovechar las innovaciones tecnológicas y la evolución de las buenas prácticas. Cuando el Parlamento no puede tener la capacidad de publicar la información parlamentaria completa, los parlamentos deben desarrollar alianzas con la sociedad civil para asegurar un amplio acceso público a la información parlamentaria.
14. Proporcionar información sobre las funciones parlamentarias: el Parlamento pondrá la información disponible acerca de su función constitucional, su estructura, sus funciones, sus reglas y su flujo de trabajo, así como la misma información para sus comités.
15. Proporcionar información sobre los miembros del Parlamento: los parlamentos deberán aportar suficiente información y actualizarla con regularidad, a través de Internet y por otros medios, para que los ciudadanos puedan conocer las credenciales de un miembro, afiliación política, los roles en el parlamento, posiciones políticas, y cualquier información que los miembros desean dar a conocer sobre sí mismos y sus credenciales. La información de contacto de las oficinas de trabajo de los miembros del Parlamento también deben estar disponible para el público.
16. Proporcionar información sobre el personal del Parlamento y de la Administración parlamentaria: el Parlamento hará disponible la información sobre su funcionamiento administrativo y la estructura del personal parlamentario que gestione y administre los procesos parlamentarios. La información de contacto para el personal responsable de proporcionar información al público debe estar a disposición del público.
17. Informar a los ciudadanos con respecto a la agenda parlamentaria: la documentación relativa a la programación de los trabajos parlamentarios se proporcionará al público, incluyendo el calendario de sesiones, la información respecto a los votos programados, el orden del día y el calendario de audiencias de la comisión. Salvo en casos excepcionales relacionados con la legislación de emergencia, el parlamento deberá informar con suficiente antelación para permitir que el público y la sociedad civil proporcionen información a los miembros con respecto a los temas objeto de examen.
18. Informar e involucrar a los ciudadanos en un proyecto de ley: un proyecto de ley se hará público y se publicará a partir de su introducción. Reconociendo la necesidad de los ciudadanos a estar plenamente informados para realizar aportes a los temas examinados, el parlamento debe proveer al público con análisis e información para fomentar la comprensión amplia de los debates políticos.
19. Publicar los registros de los trabajos de las Comisiones Legislativas: se harán públicos informes de los trabajos de las comisiones, incluyendo los documentos creados y recibidos, el testimonio de los testigos en las audiencias públicas, las transcripciones y registros de las acciones de ese cuerpo legislativo.
20. Grabación de votos parlamentarios: Para garantizar la rendición de cuentas a sus electores por su comportamiento electoral, el Parlamento se esforzará para reducir al mínimo el uso de la voz de votación en sesión plenaria y se utilizará votación nominal o votación electrónica en la mayoría de los casos, mantendrá y pondrá a disposición del público un registro de la votación individual asi como del comportamiento de los miembros individuales del Parlamento en sesión plenaria y en comisiones.
21. Publicar un Hansard, Transcripts o actas de las deliberaciones plenarias: el Parlamento deberá crear, mantener y publicar registros accesibles de sus actuaciones plenarias en forma de grabaciones audio o de vídeo, presentado online en un lugar permanente, y en la forma de una transcripción escrita .
22. Editorial Informes realizados ante el Parlamento: Todos los informes solicitados o requeridos para ser presentado al Parlamento, de sus oficinas o de las comisiones, se harán públicos en su totalidad, excepto en circunstancias estrictamente definidas identificadas por la ley.
23. Proporcionar información de Presupuesto: El Parlamento tiene la responsabilidad de públicar de manera amplia, detallada y fácilmente comprensible, la información sobre el presupuesto nacional y los gastos, incluidos los ingresos pasados, actuales y previstos, así como los gastos, e información sobre el propio presupuesto del Parlamento, incluida la información acerca de su propia ejecución del presupuesto, licitaciones y contratos, y otros fondos. Esta información debe hacerse pública en su totalidad, utilizando una taxonomía consistente, junto con los resúmenes en lenguaje sencillo, las explicaciones o informes que ayudan a promover la comprensión ciudadana.
24. Revelar activos y asegurar la integridad de miembros: el Parlamento debe presentar suficiente información para permitir a los ciudadanos hacer juicios con respecto a la integridad y probidad de los miembros individuales del Parlamento, incluyendo la información sobre las revelaciones de activos de los miembros, un ingreso extra, intereses y beneficios en especie .
25. Divulgar Información sobre conflictos de intereses y conducta ética: el Parlamento deberá revelar la información necesaria para protegerse de los conflictos reales o percibidos de interés y violaciones éticas, incluyendo la información pertinente acerca de las interacciones de los miembros con los grupos de interés y grupos de presión. El Parlamento también deberá hacer pública la información sobre antecedentes penales de los miembros y los resultados de las investigaciones judiciales o parlamentarias en las acusaciones de conducta poco ética, conflictos de intereses o la corrupción.
26. Proporcionar acceso a la información histórica: Cuando sea posible, previo a la realización de todas las sesiones, se digitalizará y pondrá a disposición del público en forma electrónica información parlamentaria histórica. La información digital se mantendrá a perpetuidad y seguirá a disposición del público. En la medida de que un parlamento no puede digitalizar y poner a disposición su propia información, se deberá trabajar con organizaciones externas para facilitar la difusión pública de información parlamentaria sin ninguna restricción. El Parlamento facilitará al público el acceso a una biblioteca parlamentaria con el fin de permitir a los miembros del parlamento y al público la posibilidad de acceder a la información parlamentaria histórica.
IV. HACER INFORMACIÓN PARLAMENTARIA FACILMENTE ACCESIBLE
27. Garantizar la accesibilidad del Parlamento a través de múltiples canales: los Parlamentos facilitarán el acceso a la información sobre sus trabajos a través de múltiples canales, incluyendo, pero no limitado, a la observación en primera persona a través del acceso físico a los procedimientos, medios impresos, radio y televisión, y mediante el uso de internet y tecnologías de dispositivos móviles.
28. Asegurar el acceso físico al Parlamento: el Parlamento y sus procedimientos serán accesibles y abiertos a todos los ciudadanos sólo para seguridad pública y demostrable y en las limitaciones de espacio.
29. Garantizar el acceso de los medios de comunicación: el Parlamento se asegurará de que los medios de comunicación tengan pleno acceso al parlamento, a sus reuniones, normativas y podrán seguir el proceso parlamentario en cualquiera de sus etapas.
30. Proporcionar transmisiones en vivo y bajo demanda: se procurará ofrecer a los ciudadanos acceso a archivos en tiempo real y bajo demanda a los procedimientos parlamentarios a través de radio, televisión e Internet.
31. Garantizar la accesibilidad en todo el País: en la medida de lo posible, el acceso a la información parlamentaria no se verá limitada por las barreras geográficas. Aunque el uso de los sitios web facilita el acceso a la información parlamentaria, sin restricción geográfica, en los países donde está limitado el acceso a Internet y su uso, los parlamentos deberán buscar otros medios de garantizar el acceso público a la información fuera de la ciudad capital, en todo el país.
32. Utilizar un lenguaje sencillo: el Parlamento se asegurará de que el lenguaje jurídico o técnico no actúa como una barrera para los ciudadanos que buscan acceder a la información parlamentaria. El Parlamento tiene el deber de desarrollar resúmenes en lenguaje claro, y otras herramientas simples para hacer que la información parlamentaria sea disponible y comprensible para una amplia gama de los ciudadanos.
33. Uso de varios idiomas nacionales o de trabajo: cuando la Constitución o las reglas parlamentarias prevén el uso de varios idiomas nacionales o de trabajo en el parlamento, el parlamento deberá hacer todo lo posible para proporcionar la interpretación simultánea de los procedimientos y la traducción rápida del expediente parlamentario.
34. Garantizar el libre acceso: Información Parlamentaria estará a disposición de los ciudadanos para el acceso y la reutilización de forma gratuita.
V. HABILITAR EL ACCESO ELECTRONICO Y DE ANALISIS DE LA INFORMACION PARLAMENTARIA :
35. Mantener las páginas web parlamentarias: Incluso en los países con el uso de Internet limitado, el mantenimiento y la actualización periódica de un sitio web completo parlamentario es un aspecto vital de la apertura del Parlamento en el mundo interconectado. El Parlamento velará porque la información parlamentaria se encuentre disponible en formato electrónico y deberá considerar la difusión en línea como un medio esencial de comunicación.
36. Proporcionar información en formatos abiertos y estructurados: la información parlamentaria será compilada y publicada en un formato abierto y estructurado, tales como XML, que pueden ser leídos y procesados por las computadoras, de modo que la información parlamentaria se puede reutilizar fácilmente y ser analizada por los ciudadanos, la sociedad civil la sociedad, el sector privado y el gobierno.
37. Atenuantes Barreras tecnológicas: el Parlamento se esforzará para mitigar las barreras tecnológicas en la utilización de la información parlamentaria mediante la presentación de la información en formatos fácilmente accesibles. Proporcionará instrucciones claras para el uso de las bases de datos en línea o herramientas que permitan a los ciudadanos recuperar información parlamentaria en el sitio web del Parlamento. El Parlamento proporcionara una interfaz de usuario, utilizando las mejores prácticas para maximizar la experiencia de cada uno de los ciudadanos.
38. Garantizar la privacidad ciudadana: Las páginas web parlamentarias tendrán una política de privacidad clara y concisa para que los ciudadanos sepan cómo su información personal se utiliza. El Parlamento no podrá emplear los requisitos de afiliación o de registro que restringen el acceso público a la información en los sitios web parlamentario o permitir el seguimiento de personal sin consentimiento expreso.
39. Liberar Información en formatos libres: los parlamentos darán preferencia a la utilización de aplicaciones de software libre y abierto en forma digital liberando la información parlamentaria.
40. Facilitar la descarga de información para su reutilización: la Información Parlamentaria deberá ser fácilmente descargable en formatos que contengan datos bien documentados permitiendo una fácil reutilización para múltiples propósitos.
41. Facilitar mecanismos más estables para la búsqueda de información: Dada la cantidad de información que hay la capacidad de los usuarios a buscar con facilidad y rapidez la información pertinente es una necesidad. Los parlamentos deben crear bases de datos de búsqueda de información parlamentaria pasada y actual que permita búsquedas simples y complejas con metadatos adecuados para que sea lo más fácil posible para los ciudadanos encontrar rápidamente la información deseada. La información debe estar disponible en un lugar que se mantenga constante en el tiempo, por ejemplo en una página web con una URL persistente.
42. Hiperenlaces de Información relacionada: Los parlamentos tratarán de mejorar la capacidad de los ciudadanos para encontrar información parlamentaria competente a través de hiperenlaces de información. Por ejemplo, deben existir hiperenlaces de referencia en un proyecto de ley para posibilitar el seguimiento las versiones anteriores de la ley, los informes de las comisiones pertinentes, al testimonio de expertos, y las enmiendas de las versiones taquigráficas que contienen el registro del debate parlamentario.
43. Habilitar el uso de los servicios de alerta: Cuando sea posible, el Parlamento dará a los ciudadanos la posibilidad de suscribirse a los servicios para alertar de ciertos tipos de desarrollos parlamentarios a través del uso del correo electrónico, SMS, u otras tecnologías.
44. Facilitar la comunicación bidireccional: el Parlamento se esforzará por utilizar las herramientas interactivas de la tecnología para fomentar la capacidad de los ciudadanos a dar su opinión sobre la legislación y la actividad parlamentaria, y para comunicarse con los miembros o el personal parlamentario.
[1] Incluidos en los artículos 19 y 21 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en los artículos 19 y 25 del Pacto de las Naciones Unidas Internacional de Derechos Civiles y Políticos;
[2] Estas normas y puntos de referencia incluyen los documentos creados y aprobados por la Unión Interparlamentaria, Asociación Parlamentaria del Commonwealth, la Comunidad del África Meridional para el Desarrollo Foro Parlamentario, Asamblea Parlamentaria de la Francofonía, y la Confederación Parlamentaria de las Américas.
[3] Unión Interparlamentaria y las Naciones Unidas Departamento de Asuntos Económicos y Sociales, Guidelines for Parliamentary Websites, Marzo de 2009.
[4] La Asociación de Gobierno Abierto (OGP) está presidido por Brasil y el Reino Unido
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