Acceso a la información pública: experiencia en la República de Chile
“Si la información y el conocimiento son centrales para la democracia, son condiciones para el desarrollo”. Kofi Annan
Durante el período comprendido entre los días 6 y 12 de junio del corriente año, tuve la oportunidad de viajar a la República de Chile, en virtud de haber sido consagrado ganador del concurso sobre acceso a la información pública que organizaran la Asociación por los Derechos Civiles (A.D.C.) y la Universidad de Palermo, casa de estudio de la cual soy alumno de posgrado actualmente.
La República de Chile es uno de los países de Latinoamérica que, entre varios de la región como ser los casos de México y Uruguay, cuenta con una ley de transparencia y acceso a la información pública (ley 20.285), la cual entró en vigencia en el año 2009. Esta ha sido una de las reformas más profundas que se han generado en la agenda de probidad y transparencia del gobierno de Michelle Bachelet y, sin dudas, marcó un punto de inflexión en la vida política de ese país, en tanto introdujo modificaciones en el diseño institucional que han conllevado a la conformación de un estado más accesible para los ciudadanos y, por ende, de mayor raigambre democrática.
En este sentido, la ley de transparencia ha establecido un bloque de información mínimo que todos los órganos del estado deben exponer al público en forma obligatoria y proactiva a través de sus sitios web; ésto se denomina transparencia activa. Luego, ha delineado un procedimiento mediante el cual todos los ciudadanos pueden solicitar información a dichos órganos, sin cumplir con formalidad alguna, ni justificar su pretensión, lo cual se ha llamado transparencia pasiva.
Por otra parte, se ha incorporado a nivel constitucional el principio de publicidad de los actos de la Administración, conforme el cual toda aquella información que se encuentra en poder del estado se presume pública, y su reserva sólo puede ser invocada cuando se presenten determinados presupuestos fijados por ley (seguridad nacional, afectación de las tareas del organismo, etc.), recayendo en el órgano requerido la obligación de acreditar en forma fehaciente tal extremo.
Asimismo, en el marco de la ley de transparencia, se ha creado un organismo de control y fiscalización denominado Consejo para la Transparencia –www.consejotransparencia.cl-, que funciona como autoridad de aplicación ante los reclamos que se generen en torno a dicha temática; es importante remarcar el reconocimiento positivo que dicho consejo posee por parte de los usuarios de la ley, en tanto sus integrantes cuentan con una reconocida independencia del poder político central.
Como parte de la agenda que transité en mi estadía en Chile, tuve la posibilidad de entrevistarme con los principales integrantes de este organismo, como así también de presenciar audiencias orales y públicas en las cuales se expusieron casos de amparo al acceso a la información; y asimismo participé de una reunión interna donde pude observar el modo en que se debaten y resuelven los casos llevados a su conocimiento. Esta interacción directa me he permitido advertir el rol fundamental que el Consejo ha desempeñado en la aplicación de la ley de transparencia.
Por otra parte, he notado la importancia que han tenido en este proceso las organizaciones no gubernamentales, quienes sin duda se han transformado en actores de vital importancia a la hora de impulsar y fiscalizar las políticas de transparencia estatal. Con este norte, me entrevisté con los directores de las fundaciones Ciudadano Inteligente y Pro acceso, las cuales, desde ópticas distintas, realizan actividades y proyectos en pos de profundizar el acceso a la información que se encuentra en poder del Estado y lograr transformarse en un canal de comunicación entre ésta y los ciudadanos.
A partir de este panorama, debo resaltar la apertura que he observado en el vecino país en torno a la información pública, esencialmente a partir de la entrada en vigencia de la ley de acceso a la información; como así también el modo positivo en que se fomenta la cultura de la transparencia respecto de los organismos y funcionarios públicos, en contraposición con el secretismo que reinó en épocas anteriores.
Como corolario, entiendo importante remarcar que la libertad de expresión es un derecho fundamental sobre el cual se debe cimentar una sociedad democrática y, con este norte, la posibilidad de acceder a la información que se encuentra en poder del Estado juega, sin lugar a dudas, un rol fundamental en su desarrollo.
Esto nos muestra de manera evidente la importancia de contar en nuestro país con un texto legislativo específico que reglamente el ejercicio de tal derecho, pues será una herramienta fundamental a fin de lograr la conformación de un sistema estatal que se ajuste a los estándares de transparencia exigidos a nivel internacional y, de esta forma, procurar una mayor participación de los ciudadanos en las decisiones estatales, a través del control de los actos de sus representantes. La implementación de prácticas sobre transparencia es un imperativo de las sociedades democráticas, las cuales en forma cada vez más creciente exigen a los funcionarios públicos que las administran que rindan cuentas sobre sus gestiones, para lo cual necesariamente deben encontrarse adecuadamente informadas.
No se puede negar que aquellas decisiones que sean adoptadas en las sombras, generarán en los ciudadanos un alto grado de desconfianza y, como consecuencia, un paulatino deterioro institucional, mientras que aquéllas que sean transparentes y permitan ser sometidas al escrutinio público, no sólo implicarán un mejoramiento en las prácticas de los organismos públicos, sino que producirán un afianzamiento de los mismos y, como resultado de ello, una profundización de nuestro sistema democrático.